Nuestra propuesta de lenguaje claro para la Argentina

El lenguaje jurídico atraviesa todos los ordenes de la vida. Todos los contratos, formularios, instructivos están escritos por abogados y son dirigidos a la comunidad. La mayoría de nosotros tuvo alguna vez que abrir una cuenta bancaria, solicitar una tarjeta de crédito, inscribir a nuestros hijos en la escuela o en el club o firmar un consentimiento informado para ser sometido a una intervención quirúrgica.

Los integrantes del grupo de investigación UBACyT sobre el tema[1], lanzamos una propuesta de lenguaje claro para nuestro país[2], que se puede leer completa haciendo click en el siguiente link:  Una propuesta de lenguaje claro para la Argentina

Allí expresamos -entre otras cosas- que la formación en lenguaje claro debe ser dirigida a los abogados «desde la universidad porque, en la actualidad, los abogados que egresan escriben más rebuscadamente que cuando ingresaron en la universidad. La lectura cotidiana de textos mal escritos y complicados realimenta y perpetúa los defectos o vicios de la redacción de los abogados.»

«La decisión no debe restringirse a una política de un gobierno determinado. Es preciso que trascienda la política e involucre y comprometa a universidades, institutos, colegios de abogados, asociaciones de magistrados y funcionarios, etc. Es la única manera de que el cambio que empieza no se detenga.»

«La transformación no solo beneficiará al ciudadano, que tiene derecho a comprender las normas que debe cumplir, los formularios que debe completar y las decisiones judiciales que lo involucran o le interesan. También los juristas comprobarán que el lenguaje claro es más legible y, por lo tanto, más persuasivo que el lenguaje jurídico tradicional.»

Y terminamos expresando nuestro convencimiento de que el esfuerzo es necesario y vale la pena.

[1] Universidad de Buenos Aires, Proyecto UBACyT Lectores para la Justicia, rama Lenguaje Jurídico Claro

[2] Publicada en Erreius (2019/junio), Temas de Derecho Penal y de Derecho Procesal Penal. Editorial Errepar. Cita digital: Cita digital: IUSDC286619A

Deja un comentario