CÓMO HACER PARA VIAJAR CON TUS HIJOS MENORES AL EXTERIOR. AUTORIZACIÓN JUDICIAL
Si hay desacuerdo entre los progenitores respecto de la posibilidad de que el hijo realice un viaje al exterior, jamás debe tomarse en forma unilateral la decisión de sacarlo del país sin permiso.
La necesidad de contar con la autorización de ambos progenitores para que los hijos salgan del país no quiere decir que si uno de los dos padres no da su consentimiento el viaje al exterior no será posible.
En principio, la ley (art. 645 Código Civil y Comercial) exige el consentimiento expreso de ambos progenitores para que los hijos menores de 18 años puedan salir de la república. Es una facultad derivada de la responsabilidad parental, independientemente de quien ejerza el cuidado personal de los hijos.
Llevar al hijo fuera del país por decisión de un padre imponiendo su voluntad contra la del otro, o aún sin su conocimiento, pone al hijo en una situación de conflicto de lealtades que puede resentir su relación con el progenitor que no autorizó el viaje y crearle inseguridades. Además, si la salida del país se hizo con el objetivo de radicarse en un país extranjero, la falta de autorización permite poner en marcha el mecanismo de restitución internacional que introduce a todos en una maquinaria judicial y pone al niño en un limbo: está desarraigado de su país de residencia pero no se termina de sentir arraigado en el país de destino.
Por eso, aquel que quiera o necesite salir del país con los hijos y no cuenta con la conformidad del otro progenitor tiene la posibilidad de pedirle autorización al juez, en quien la ley hace recaer la decisión final.
El juez autorizará o no teniendo en consideración cuál de las dos opciones representa mayor beneficio para hijo (“interés superior del menor”) a la vez que satisface mejor el interés familiar.
La apelación que hace la ley al interés familiar es interesante de destacar, porque ningún niño es una isla, todos crecen y se desarrollan en un contexto. En la mayoría de los casos ese contexto es su familia, y cuando el juez toma la decisión de autorizar un viaje al exterior debe tener en cuenta el beneficio que ese viaje implicaría para la familia en general.
En ese sentido, tendrá en cuenta tanto el beneficio puntual que un tratamiento médico en el exterior o viaje de vacaciones o de estudio pueda representar para el bienestar del niño, pero también considerará las repercusiones beneficiosas que puedan tener sobre el niño o la niña que su madre o su padre tengan en el extranjero posibilidades de perfeccionarse en su profesión estudiando un posgrado, o hayan conseguido un mejor trabajo, o cualquier otro aspecto que indirectamente repercutirá beneficiosamente sobre el menor.
Y lo evaluará en relación al impacto que el alejamiento físico del padre que queda en el país indudablemente le ocasionará.
Es una decisión difícil de tomar, porque en estas cuestiones no hay buenos y malos, no hay quien tenga mejor derecho que el otro y no hay ganadores y perdedores. Todos son buenos, todos tienen sus derechos y todos tienen algo que ganar y algo que perder.
Son situaciones más habituales de lo que se cree, que los ciudadanos someten –necesariamente a través de sus abogados- a decisión judicial.
Y en esta cuestión tan difícil de resolver la clave está en que quien pide la venia judicial tenga la habilidad de darle al juez la mayor cantidad de elementos posibles que le permitan tomar una decisión justa de la manera más rápida posible.